Publicadas las puntuaciones provisionales de la fase de concurso del proceso selectivo de Ordenanza de la Xunta (plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual)

 

La web de la Xunta publica la Resolución de 26 de diciembre de 2017, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el acceso en la categoría 003 (ordenanza y otras) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, convocado por la Orden del 25 de febrero de 2016, por la que se hace pública la baremación provisional de la fase de concurso.

Enlace a la Resolución

Enlace al anexo con las puntuaciones de los aspirantes

 

Presentación de reclamaciones

Las personas aspirantes podrán presentar reclamación contra esta baremación en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Las reclamaciones irán dirigidas al tribunal designado para calificar el proceso selectivo para el acceso a la categoría 003 (ordenanza y otras) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, Consellería de Hacienda, Dirección General de Función Pública (edificio administrativo San Caetano. Santiago de Compostela).

 

Nota informativa del tribunal en relación a la valoración de méritos en la fase de concurso

El tribunal ha hecho pública también una nota informativa en relación a la valoración de méritos en la fase de concurso. Es la siguiente:

  1. Los méritos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, el 27 de marzo de 2016, no valorándose los méritos tanto profesionales como académicos obtenidos con posterioridad.

  2. Los servicios prestados en las administraciones públicas solamente se valoraron en caso de ser acreditados mediante lo certificado de méritos emitido por la unidad de personal correspondiente y segundo el modelo orientativo que figura como anexo 2 de la convocatoria.

  3. Los servicios prestados fuera de las administraciones públicas solamente se valoraron en caso de ser acreditados mediante lo certificado de vida laboral y copia del/los contrato/s de trabajo de los cuales derive dicha experiencia, admitiéndose también la copia de la comunicación del contrato al INEM por considerar la misma como la fórmula de elevación a público de dicho contrato.

  4. En el caso de existir discordancia entre el contrato aportado y la codificación que figura en la vida laboral, se adoptó la valoración que figura en esta última por tratarse de certificación oficial.

  5. La puntuación máxima que se puede obtener en el apartado de méritos profesionales es de 12 puntos.

  6. Los méritos académicos solamente se valoraron en caso de ser acreditados mediante la correspondiente fotocopia compulsada del título, curso o certificación de haber realizado los estudios necesarios para su obtención.

  7. En relación a la base de la convocatoria 2.3.2. B), y ante la variedad de denominaciones existentes en los méritos aportados por los aspirantes, solamente fueron valorados aquellos cursos que habían cumplido los siguientes requisitos:

    • Que su denominación sea "curso" o "acción formativa" y así aparezca en la documental aportada.

    • Que conste necesariamente su contenido y que incluso sea mayoritariamente coincidente con las tareas y función propias del puesto de trabajo por el cual se optó y que son las que se describen en el anexo 1 (parte específica) de la convocatoria.

  8. Consecuencia del punto anterior el Tribunal consideró que cumplen los requisitos mencionados dentro de los méritos aportados por los aspirantes, y con independencia de su denominación en castellano o gallego, los siguientes cursos:

    • Apoyo administrativo-ordenanza

    • Atención telefónica en la recepción y emisión de llamadas

    • Auxiliar de conserje

    • Auxiliar de conserjería

    • Auxiliar de servicios generales

    • Ayudante de gestión y servicios comunes (ordenanza) en la administración pública

    • Curso de formación profesional para el empleo: operación auxiliares de servicios administrativos y generales

    • Curso de ordenanza.

    • Curso de ordenanza dirigido a PCDI de Galicia en la modalidad presencial

    • Curso de preparación de oposiciones de ordenanza

    • Formación básica para auxiliares de oficina

    • Formación para el puesto: ayudante de gestión y servicios comunes ordenanza) en la administración pública.

    • Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales

    • Operaciones básicas de comunicación para ordenanzas con discapacidad intelectual

    • Reproducción y archivo

    • Técnicas administrativas básicas de oficina

    • Telefonista-Recepcionista

    • Teleformación en: Apoyo administrativo ordenanza.

  9. La puntuación máxima que se puede obtener en el apartado de méritos académicos es de 8 puntos.

Enlace a la nota informativa

news-botón

pagina anterior pagina siguiente

Quiero recibir el boletín para estar informado!

He leído y acepto la política de privacidad.

USO DE COOKIES

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia y nuestros servicios, así como mostrarle, desde nuestro sitio web o los de terceros, publicidad basada en el análisis de sus hábitos de navegación.

Política de cookies