Ayuntamiento de Arteixo: publicada la convocatoria de 3 plazas de Técnico/a de Administración General (A1)

     

El BOP de A Coruña Núm. 171 del miércoles, 14 de octubre de 2020, publicó la convocatoria y bases reguladoras para la cobertura en propiedad de tres plazas de Técnico de Administración General, personal funcionario de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición del Ayuntamiento de Arteixo.

Enlace a la convocatoria

   

Estas tres plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público 2017 del Concello de Arteixo (BOP A Coruña Núm. 99, del 29 de mayo).

Enlace a la OEP 2017 del Concello e Arteixo

   

Las principales funciones de las plazas de Técnico de Administración general, segundo los distintos departamentos de adscripción (Contratación, Urbanismo y Obras y Servicios) son las de redacción de informes técnicos y de naturaleza jurídica, emisión de propuestas técnicas de resolución y de asesoramiento técnico legal de los expedientes de su competencia; instrucción de procedimientos sancionadores; disciplina urbanística; pliegos de contratación, expedientes de responsabilidad patrimonial, expedientes de bienes, expropiaciones y similares y cualquier otro propio de la categoría y calificación profesional que poda considerarse propia del puesto de trabajo.

   

 

Instancias y plazos de presentación

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el modelo debidamente cumplimentado o en la sed electrónica o podrán presentarse en cualquiera de las formas determinadas en la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, contados desde lo siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, toda vez se tengan publicadas las presentes Bases reguladoras en el BOP de A Coruña y anuncio de convocatoria en el DOG.

Complementariamente, las bases se publicarán en la web municipal a los meros efectos informativos, sin que tal publicidad sirva para determinación alguna de plazos de presentación de instancias.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas corresponsales, lo/las aspirantes deberán manifestar en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

A la instancia se acompañará inexcusablemente de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

  • DNI (en su defecto, resguardo del DNI, pasaporte o carné de conducir).

  • Titulación requerida.

  • Declaración jurada específica de los requisitos contemplados en la base 2.º. 4.º) o, en su caso, declaración contenida en el Modelo de Instancia adjunto a las presentes bases.

  • Currículum vitae según esquema del baremo de méritos establecido en las presentes Bases con copia de todos los méritos académicos y profesionales. Los méritos profesionales deberán acreditarse con copia de los contratos de trabajo más el Informe de vida laboral o, en el caso de Administraciones públicas, copia del contrato y/o acta de nombramiento y Certificado expedido por el Fedatario público de la Admón. en el que deberá reflejarse el grupo/subgrupo del plaza desempeñada, cómputo de fechas y especificación de la jornada (completa o parcial).

  • Copia del Celga IV, Título de perfeccionamiento o titulación equivalente, a los efectos de exención de realización de prueba de gallego.

  • Carta de pago de tener abonado los derechos de examen en los servicios económicos municipales (Tesorería) o copia compulsada del justificante de ingreso en las cuentas municipales designadas (que serán facilitadas telefónicamente a los interesados). Ningún caso a presentación y pago de la tasa por derechos de examen supondrá relevo del trámite de presentación de instancia. Asimismo la ausencia de justificante del abono de los derechos de examen, dentro del plazo de presentación de instancias, no podrá ser objeto de subsanación, determinando la exclusión del/la aspirante.

Quedarán exentos del pago de las tasas de derecho de examen, aquellos aspirantes que acrediten minusvalía y/o situación de desempleo de larga duración (a tal efecto deberá aportarse junto con la instancia el certificado de minusvalía superior al 33% o certificado del INEM de estar en situación de desempleo durante 1 año o más tiempo) según la Ordenanza fiscal n.º 11 del Ayuntamiento de Arteixo.

 

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