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Oposiciones
Personal Funcionario – Promoción interna
Organismo convocante: Ministerio de Hacienda y Función Pública
Convocatoria: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Sistema selectivo: Concurso-oposición
Titulación: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura
Inicio del grupo: 21/02/2022
Horario: Lunes de 17:00 a 20:00
Inicio del grupo: 06/10/2022
Horario: Jueves de 17:00 a 20:00
OEP 2020: Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, BOE núm. 286 de 29 de octubre de 2020
OEP 2021: Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, BOE núm. 179, de 28 de julio de 2021
OEP 2022: Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2022
CONVOCATORIA: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura.
PROCESO SELECTIVO*
(*) Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, se amplía el citado plazo en un mes.
Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso libre y para la estabilización de empleo temporal del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado y del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado se celebrarán el mismo día y a la misma hora.
De acuerdo con lo establecido en la Oferta de Empleo Público del año 2022, el primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, el plazo citado anteriormente para la celebración del primer ejercicio será de cuatro meses, ampliables por otros cuatro.
La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición de los procesos selectivos previstos en la presente resolución es de 12 meses.
El mes de agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de los procesos selectivos, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente Convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.
Fase de oposición
1º Ejercicio
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 90 minutos
Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de 100 preguntas sobre las materias contenidas en el programa, y podrán preverse cinco preguntas adicionales de reserva.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es la correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Se calificará de 0 a 50 puntos. Mínimo 25 puntos.
La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio. La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
2º Ejercicio
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 120 minutos
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico de 4 preguntas, a elegir entre dos propuestos relacionados con las materias de los bloques III y IV del programa.
En este ejercicio se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
El ejercicio será valorado por la Comisión Permanente de Selección de manera anónima mediante un sistema de plataforma web. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro de la Comisión Permanente de Selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. En todo caso, se garantizará la autenticidad, integridad y conservación de los documentos.
Se calificará de 0 a 50 puntos. Mínimo 25 puntos.
La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio que garantice, en todo caso, el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad de las personas aspirantes, sin que pueda ser inferior al 35 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Todas las preguntas del ejercicio tendrán el mismo valor, distribuyéndose los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
Las personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio y presentados al segundo no hubieran alcanzado la calificación mínima establecida por la Comisión Permanente de Selección para superar dicho ejercicio, quedarán exentos de realizar el primer ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará una calificación equivalente a la obtenida, siempre y cuando este ejercicio sea análogo en el contenido del temario y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.
No obstante, si optan por realizar el ejercicio del que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en aquel en la convocatoria inmediata anterior.
A las personas que participen por el cupo reservado a personas con discapacidad, en los ejercicios que superen con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
Fase de concurso
Se valorará la antigüedad del funcionario/a, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 1,22 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 36,6 puntos.
Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos en los cuerpos y escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Se otorgarán 2 puntos a aquellos/as funcionarios/as que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado.
Se valorará un máximo de diez cursos de formación, recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores.
Se valorará 1,22 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 12,2 puntos.
Curso selectivo.
El curso selectivo será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la adquisición y refuerzo de competencias de carácter general para el ejercicio de sus funciones en la Administración, con un enfoque práctico.
La persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen esta fase.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación de las pruebas o prácticas que, en su caso, se establezcan. La calificación final será de apto/a o no apto/a.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera, mediante resolución motivada de la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable del curso selectivo.
La persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública elevará a la Secretaría de Estado de Función Pública los resultados del curso selectivo.
En caso de no poder realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, se podrá efectuar con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, por lo que se deberá optar por realizar un curso selectivo u otro. En los casos debidamente justificados, el órgano responsable del curso selectivo valorará la posibilidad de autorizar las adaptaciones necesarias y, en particular, en las circunstancias especialmente protegidas del III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.
TEMARIO: 35 temas
I. Organización del Estado y Unión Europea
II. Políticas públicas
III. Derecho administrativo general
IV. Gestión financiera
CRITERIOS DE CORRECCIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (en adelante CPS), con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, ésta determina que los criterios de corrección, valoración y superación son los siguientes:
Cada pregunta tiene el valor de un punto si se contesta correctamente, las respuestas erróneas penalizan 1/4 y las respuestas en blanco no penalizan.
Serán consideradas aptas las personas opositoras que hubiesen obtenido una puntuación directa igual o superior al 50 % de la puntuación máxima posible.
De conformidad con las cifras de aspirantes admitidos en este proceso selectivo, la CPS, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y administración del proceso selectivo, establece que serán considerados aptas en el primer ejercicio las personas opositoras que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas, hasta completar el número total de 3.460 opositores para el sistema general y 180 opositores para la base específica 5 general, siempre y cuando su puntuación directa en el primer ejercicio sea igual o superior al 30 % de la puntuación máxima obtenible del ejercicio.
El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarlo. La CPS fijará la puntuación mínima necesaria que se debe alcanzar para superar el ejercicio que garantice, en todo caso, el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad de las personas aspirantes hasta completar el número total de 3.420 opositores para el sistema general y 180 opositores para la base específica 5, siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 35 % de la puntuación máxima obtenible del ejercicio.
Todas las preguntas del ejercicio tendrán el mismo valor, distribuyéndose los 50 puntos de puntuación máxima de la forma siguiente:
Habiendo superado los dos ejercicios, la calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
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