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Oposiciones
Personal Funcionario – Promoción Interna
Organismo convocante: Ministerio de Hacienda y Función Pública
Convocatoria: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Sistema selectivo: Concurso-oposición
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Inicio del grupo: 23/02/2022
Horario: Miércoles de 16:30 a 19:30
OEP 2020: Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, BOE núm. 286 de 29 de octubre de 2020
OEP 2021: Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, BOE núm. 179, de 28 de julio de 2021
OEP 2022: Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2022
CONVOCATORIA: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
PROCESO SELECTIVO*
(*) Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, se amplía el citado plazo en un mes.
Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso libre y para la estabilización de empleo temporal del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado y del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado se celebrarán el mismo día y a la misma hora.
De acuerdo con lo establecido en la Oferta de Empleo Público del año 2022, el primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, el plazo citado anteriormente para la celebración del primer ejercicio será de cuatro meses, ampliables por otros cuatro.
La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición de los procesos selectivos previstos en la presente resolución es de 12 meses.
El mes de agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de los procesos selectivos, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente Convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.
Fase de oposición
Ejercicio único
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 90 minutos
Primera parte: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa. El número máximo de preguntas será de 50, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva.
Todas las preguntas de la primera parte tendrán el valor de 1 y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de la respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Segunda parte: consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico elegido entre dos propuestos correspondientes a las materias del programa, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas relacionadas con las materias del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es correcta.
Todas las preguntas de la segunda parte tendrán el valor de 3 y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento de la puntuación directa máxima obtenible.
Calificación de la fase de oposición: el ejercicio único se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario obtener una calificación mínima de 50 puntos para superarlo.
A las personas que participen por el cupo reservado a personas con discapacidad, en los ejercicios que superen con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
Las personas que superen la fase de oposición, pero no aprueben por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, quedarán exentas de realizar en la siguiente convocatoria los ejercicios de la fase de oposición. Si optaran por presentarse a la fase de oposición, de la que están exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
Fase de concurso
Se valorará la antigüedad del funcionario/a, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 2,2 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 39,6 puntos.
Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos en los cuerpos y escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Se otorgarán 4,4 puntos a aquellos/as funcionarios/as que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado.
Se valorará un máximo de seis cursos de formación, recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores.
Se valorará 2,2 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 13,2 puntos.
TEMARIO: 17 temas
I. Derecho administrativo general
II. Gestión de personal
III. Gestión financiera
CRITERIOS DE CORRECCIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (en adelante CPS), con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, ésta determina que los criterios de corrección, valoración y superación son los siguientes:
Todas las preguntas de la primera parte tendrán el valor de 1 y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de la respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
La puntuación directa de la segunda parte se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): 3*A - [3*E/4].
Todas las preguntas de la segunda parte tendrán el valor de 3 y cada contestación errónea se penalizará descontando un cuarto del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
Mediante la aplicación de los dos criterios anteriores, la CPS establecerá las notas de corte del ejercicio. Todos los opositores con idéntica puntuación a aquél aprobado con las notas de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el n° de opositores indicado.
La calificación final vendrá determinada por la suma de la calificación obtenida en cada una de ellas, según la escala explicada en este apartado.
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