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Oposiciones
Personal Funcionario – Acceso libre
Organismo convocante: Ministerio de Hacienda y Función Pública
Convocatoria: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Sistema selectivo: Oposición
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Inicio del grupo: 21/09/2021
Horario: Miércoles de 16:00 a 18:00 - Viernes de 16:00 a 19:00
Inicio del grupo: 07/03/2022
Horario: Lunes de 16:00 a 19:00 - Martes de 16:00 a 18:30
Inicio del grupo: 08/03/2022
Horario: Martes de 16:00 a 18:30
Inicio del grupo: 15/06/2022
Horario: Miércoles de 16:00-19:00 horas/jueves de 16:00 a 18:30 horas
Inicio del grupo: 16/03/2022
Horario: Miércoles de 16:00 a 18:30
Inicio del grupo: 18/09/2021
Horario: Sábado de 09:00 a 14:00
Inicio del grupo: 17/09/2021
Horario: Jueves de 10:00 a 12:00 y Viernes de 09:00 a 12:00
Inicio del grupo: 05/09/2022
Horario: Lunes y Jueves 10-12:30h y 10:00 - 14:00h
Inicio del grupo: 08/09/2022
Horario: Lunes y Jueves 16:00-19:00h y 16:00 - 20:00h
Inicio del grupo: 01/02/2023
Horario: Miércoles 18:00 a 21:00 horas
Inicio del grupo: 01/02/2023
Horario: Miércoles de 17:00 a 21:00 y Jueves de 18:00 a 21:00 horas
OEP 2021: Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, BOE núm. 179, de 28 de julio de 2021
OEP 2021 extraordinaria SEPE: Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, BOE núm. 305 de 22 de diciembre de 2021
OEP 2022: Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2022
CONVOCATORIA: Resolución de 20 de enero de 2023, BOE núm.23, de 27 de enero de 2023
Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
PROCESO SELECTIVO*
(*) Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, se amplía el citado plazo en un mes.
Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso libre y para la estabilización de empleo temporal del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado y del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado se celebrarán el mismo día y a la misma hora.
De acuerdo con lo establecido en la Oferta de Empleo Público del año 2022, el primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos selectivos convocados por esta resolución, el plazo citado anteriormente para la celebración del primer ejercicio será de cuatro meses, ampliables por otros cuatro.
La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición de los procesos selectivos previstos en la presente resolución es de 12 meses.
El mes de agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de los procesos selectivos, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente Convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.
Ejercicio único
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 100 minutos
Ejercicio único que constará de dos partes:
Primera parte: Consistirá en un cuestionario de un máximo de 70 preguntas.
De éstas, 40 versarán sobre las materias previstas en los bloques I, II, III, IV y V del programa y 30 serán del bloque VI; podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva.
Las preguntas sobre temas de ofimática del bloque VI relacionados con Windows y/o Office estarán referidas, en concreto, a las siguientes versiones: Windows 10 y Office 2019.
Segunda parte: Consistirá en contestar por escrito un supuesto de carácter práctico a elegir entre dos propuestos, relacionados con materias de los bloques II, III, IV y V del programa. Cada supuesto práctico se desglosará en 20 preguntas, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas será correcta.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El ejercicio único se calificará de 0 a 100 puntos de acuerdo con lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije para superar cada parte del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento de la puntuación directa máxima obtenible.
A las personas que, habiendo superado el ejercicio único, no hubieran superado el proceso selectivo, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
A las personas que participen por el cupo reservado a personas con discapacidad, en los ejercicios que superen con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.
Con objeto de reducir los plazos de incorporación del personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de este personal, una vez finalizado el proceso selectivo, la Comisión Permanente de Selección podrá elaborar listas de candidatos, cuya selección se encomienda a la Comisión Permanente de Selección.
En estas listas se integrarán aquellas personas candidatas que hayan obtenido la calificación que la Comisión Permanente de Selección considere suficiente.
Para poder formar parte de la lista, las personas candidatas deberán poseer todos los requisitos que se exijan en las correspondientes convocatorias.
La Comisión Permanente de Selección, en función de lo dispuesto en la base 11.1, elaborará listas de candidatos en los cuerpos convocados por la presente resolución, en función de la provincia del domicilio que los candidatos indiquen en la solicitud de participación en los procesos selectivos. No obstante, posteriormente, los candidatos que lo deseen podrán optar por un ámbito provincial distinto, atendiendo a las instrucciones establecidas al efecto.
La lista tendrá validez hasta la publicación de una nueva lista de personas candidatas resultantes del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Una vez aprobadas, las listas de personas candidatas serán gestionadas por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
TEMARIO: 45 temas
I. Organización del Estado y de la Administración pública
II. Organización de oficinas públicas
III. Derecho administrativo general
IV. Gestión de personal
V. Gestión financiera
VI. Informática básica y ofimática
CRITERIOS DE CORRECCIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 20 de enero de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (en adelante CPS), con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, ésta determina que los criterios de corrección, valoración y superación son los siguientes:
Cada pregunta tiene el valor de un punto si se contesta correctamente, las respuestas erróneas penalizan 1/3. Las respuestas en blanco no penalizan.
Si el número de personas que cumplan este requisito no alcanza la cifra de 12.999 opositores para el sistema general y 957 opositores para la base específica 5, la CPS podrá establecer una puntuación inferior hasta alcanzar estas cifras, siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 30 % de la puntuación máxima obtenible de la primera parte del ejercicio.
puntuación directa máxima obtenible en esta parte del ejercicio.
Habiendo superado las dos partes del ejercicio, la calificación final vendrá determinada por la suma de la calificación obtenida en cada una de ellas, según la escala explicada en este apartado.
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