Xunta de Galicia: publicación del Acuerdo de concertación del empleo público

     

Se publica hoy, 28 de enero, la ORDEN de 15 de enero de 2019 por la que se publica el Acuerdo de concertación del empleo público de Galicia.

     

El Acuerdo de concertación del empleo público de Galicia se aprobó con el voto a favor de las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT en la Comisión Superior de Personal de la Xunta de Galicia celebrada el día 27 de diciembre de 2018, firma que tuvo lugar con dichas organizaciones sindicales el día 15 de enero de 2019.

     

Destacamos la Sección cuarta de la Orden referente a las ofertas de empleo 2018-2020 y su desarrollo:

   

Primero. OPE 2019

   

La OPE 2019 se aprobará en el primero trimestre de 2019.

En esta OPE se contemplará un mínimo de 525 puestos de tasa de reposición ordinaria por acceso libre, 730 de estabilización por acceso libre y 800 de funcionarización.

Además, en relación al Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar, se convocará, en este ejercicio de 2019, un mínimo del 50% de las plazas para estabilización a mayores de las señaladas anteriormente y, además, el 100% de las plazas de 12 meses sujetas a la estabilización del personal del SPDCIF.

     

Segundo. OPE 2020

   

En la OPE 2020 se contemplará un mínimo de 550 puestos de tasa de reposición ordinaria por acceso libre, 900 de estabilización por acceso libre (de los que unos 600 serán puestos del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar) y 800 de funcionarización.

   

Tercero. Acumulación de procesos

   

En los procesos a convocar en el primer trimestre de 2019 se acumularán a las convocatorias de la OPE de 2018 los procesos coincidientes de las OPE de 2016 (con 192 puestos) y 2017 (con 421 puestos).

   

Cuarto. Promoción interna separada

   

En cada una de las OPE 2019 y 2020 se incluirá un número de plazas de promoción interna separada. En la OPE 2018 se incrementarán 50 plazas en la promoción interna separada, pasando a un total de 200 (20 del A1; 60 del A2; 95 del C1; y 25 del C2). Igual porcentaje de promoción interna se tendrá en cuenta como mínimo en las OPE 2019 y 2020 en esta promoción interna separada (que consiste en un 40%).

Las convocatorias de los procesos de promoción interna eximirán, total o parcialmente, de alguna de las pruebas selectivas y/o reducirán parte del temario, así como podrán guardar notas para las siguientes pruebas.

Junto con todos estos procesos, se desarrollarán procesos para permitir la movilidad de los empleados públicos.

Para la agilización y simplificación de todos los procesos contemplados en este acuerdo se procurarán tribunales únicos agrupando procesos similares dentro del mismo cuerpo, escala y especialidad.

   

Quinto. OPE extraordinarias

   

Además de las OPE ordinarias de los años 2018, 2019 y 2020, se podrá, de ser necesario, publicar, además, para alcanzar los objetivos previstos en los acuerdos firmados, OPE extraordinarias en los años 2019 y 2020.

   

Sexto. Procesos selectivos

   

Con carácter general los procesos selectivos se desarrollarán mediante la modalidad de concurso-oposición.

Las excepciones a esta previsión (que serán mediante oposición, solo se producirían, en su caso, en los procesos del anexo I -citado en la cláusula cuarta- que no se acumulen por no existir puestos de otros anexos), serán tratadas dentro de la comisión de seguimiento del acuerdo y, posteriormente, negociadas en la Mesa General del Empleo Público.

La valoración de los méritos consistirá en el 35% sobre o total del proceso en relación a antigüedad y el 5% también en relación al proceso con los cursos realizados.

   

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

   

Acuerdo completo

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