Lista de contratación Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera


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Lista de contratación temporal Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera

Bolsas de empleo derivadas de los procesos selectivos 

Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el Tribunal, podrán elaborarse relaciones de candidatos para la contratación de personal laboral temporal en cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programas convocados.
En estas relaciones se incluirán a las personas aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación del proceso y no hayan obtenido plaza.
Para poder formar parte de las relaciones los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
Los tribunales ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por los candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin, haciendo públicas las listas.
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital https://portal.mineco.gob.es y en la página web del Ministerio de Política Territorial, https://mpt.gob.es/ministerio/procesos-selectivos.html, que son los procesos que están actualmente en vigor.

 

Bolsas de empleo derivadas de procesos selectivos actuales 

La gestión de la Relación de candidatos estará encomendada a la Subdirección General de Recursos Humanos del Parque Móvil del Estado, O.A., que se encargará de hacerlas públicas, de acuerdo con las siguientes bases:
1. La lista estará integrada por aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo para ingreso en el grupo profesional E2, Especialidad de Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación del proceso selectivo sin haber obtenido plaza.

a) La Relación estará ordenada en orden descendente conforme a la puntuación total obtenida en el proceso. El orden establecido, en caso de empate, atenderá a los siguientes criterios:

  • • La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
  • • Mayor número de respuestas acertadas en la segunda parte del primer ejercicio.
  • • Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
  • • La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
  • • La mayor puntuación alcanzada en el apartado de experiencia profesional.
  • • Si aun así siguiera existiendo empate, se dirimirá atendiendo a la letra que establece el orden de actuación de los aspirantes.

b) La Relación tendrá una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo la publicación de una nueva relación de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo para ingreso en el mismo grupo profesional y especialidad.


2. Una vez autorizado el procedimiento de gestión por la Dirección General de la Función Pública, el centro gestor procederá a ofertar la contratación a las personas integrantes de la Relación por riguroso orden.
La Relación de Candidatos tendrá carácter rotatorio, de tal manera que, en el supuesto de agotarse, se iniciará de nuevo si su vigencia lo permite.
Las alteraciones producidas en la Relación de Candidatos por aplicación de las bases se comunicarán al Comité de Empresa, con indicación de los motivos y de las personas afectadas.
La oferta se realizará mediante correo electrónico, telefónicamente o por ambas vías. A tal fin, se considerarán como correo electrónico y teléfono, los facilitados por la persona aspirante en su solicitud de participación en el proceso selectivo convocado. Si aquella no respondiese en el plazo de tres días hábiles desde la oferta de contratación, se considerará no localizada.
Para poder ser contratadas, las personas deberán reunir las siguientes condiciones:

  • a) Hallarse inscritas como desempleadas en la fecha efectiva de formalización del contrato.
  • b) Poseer todos los requisitos que se exigieron en las bases de la convocatoria.
  • c) Ser declaradas aptas en el reconocimiento médico.

3. Se ofertará la contratación a la siguiente persona de la lista, hasta la cobertura de las plazas autorizadas, en los siguientes supuestos:

  • a) Si no se la localiza en el plazo de tres días hábiles desde que se produce la oferta de contratación, pasando a ocupar el último lugar de la lista.
  • b) Si rechaza la oferta.
  • c) Si no presenta la documentación requerida en el plazo indicado, sin causa justificada.
  • d) Si no cumple los requisitos exigidos en el proceso selectivo convocado.
  • e) Si, habiendo sido convocada de forma adecuada, no se presenta al reconocimiento médico en el día y lugar indicados, sin causa justificada.
  • f) Si no resulta apta en el reconocimiento médico.
  • g) Si, habiendo sido convocada de forma adecuada para la formalización del contrato, no se presenta en el día y lugar indicados sin causa justificada.
  • h) Si la certificación emitida por la Unidad de personal respecto al correcto desempeño de funciones durante el período de prueba es desfavorable.

Cuando, una vez formalizados los contratos, alguna de las personas contratadas causara baja definitiva, se podrá sustituir por la siguiente de la Relación, si su vigencia lo permite.

4. Serán causas de exclusión y baja de la Relación de candidatos:

  • a) Renunciar expresamente a su inclusión en la Relación.
  • b) Rechazar una oferta de contratación sin causa justificada.
  • c) No aportar la documentación en el plazo indicado sin causa justificada.
  • d) No cumplir los requisitos exigidos en el proceso selectivo convocado.
  • e) No haber acreditado aptitud en el reconocimiento médico.
  • f) No presentarse al reconocimiento el día convocado sin causa justificada.
  • g) No haber superado el período de prueba.
  • h) No presentarse para la formalización del contrato sin causa justificada.
  • i) La dimisión de la persona contratada.


5. Se considerarán causas justificadas de renuncia al contrato ofertado y, por tanto, la persona afectada podrá acceder a la siguiente contratación que se genere, manteniendo el número de orden en la Relación, cuando se acredite mediante el medio de prueba adecuado a cada supuesto en el plazo de 5 días hábiles desde que se produce la oferta de contratación:

  • a) La situación de enfermedad, siempre que acredite dicha situación mediante la documentación médica oficial correspondiente.
  • b) No cumplir la condición de desempleo.
  • c) Las causas de fuerza mayor debidamente justificadas, que serán libremente apreciadas por el órgano gestor.

6. Las personas que, en el momento del llamamiento, se encuentren en situación de maternidad o de embarazo de riesgo, serán llamadas en las mismas condiciones que el resto de los candidatos de la lista, haciéndose igualmente efectiva su contratación.
7. La Relación de candidatos y este procedimiento de gestión se harán públicos en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Hacienda y Función Pública, apartado Procesos Selectivos del Parque Móvil del Estado, O.A.: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/ParqueMovil/paginas/procesosselectivospme.aspx

 

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