Las bolsas de interinos consisten en una serie de listados de candidatos/as seleccionados/as para cubrir temporalmente puestos de empleados públicos en los distintos cuerpos de la Administración General del Estado, cumpliendo lo que establece el artículo 10.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público: la selección de funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respeten en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Las bolsas de interinos de la Administración General del Estado se emplean para cubrir de forma temporal puestos que no pueden cubrirse con personal funcionario o en áreas donde se ha detectado una acumulación de tareas.
El procedimiento de aprobación y gestión de listas de candidatos de los Cuerpos cuya selección se encomienda a la Comisión Permanente de Selección con respeto de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
De acuerdo con el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), únicamente se permite acudir a los interinos en los siguientes supuestos:
Cada uno de los cuerpos de la Administración General del Estado contará con su propia bolsa de interinos. Las bolsas de interinos más conocidas son las de los Cuerpos Generales:
Pero esto no significa que los cuerpos especiales de la AGE no cuenten con sus propias bolsas. Como hemos visto arriba, es en la convocatoria vigente de cada especialidad donde debéis consultar si existe una bolsa de interinos.
Para acceder a la bolsa de interinos de alguna de las especialidades de la Administración General del Estado debéis:
Pese a que se trate de puestos de carácter temporal, la constitución de la bolsa de interinos de la Administración General del Estado debe respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad. (Art. 10.2 del TREBEP)
Por este motivo, la bolsa se constituirá tomando como referencia una nota de corte, estipulada por el Tribunal Calificador, basada en los resultados de la convocatoria vigente del proceso selectivo al que os hayáis presentado.
Todas las personas que superen esa nota de corte serán incluidas de forma automática en la bolsa de interinos de de AGE correspondiente a su ámbito territorial.
Una de las particularidades más interesantes de la bolsa de interinaje de la Administración General del Estado es que solo está vigente en tanto que la lista de candidatos de la próxima convocatoria no se publique. Esto significa que si habéis sido incluidos o incluidas en una bolsa de interinos de la convocatoria a la que os habéis presentado en el pasado, esta dejará de estar activa en el momento en que se publique la siguiente nueva lista de interinos a este cuerpo.
En consecuencia, si queréis participar en la bolsa de interinos de otra provincia tenéis que contactar con la Subdelegación del Gobierno de la provincia que os interesa y seguir los pasos que os indicarán.
Se autoriza a la Comisión Permanente de Selección para que, aprovechando las actuaciones realizadas en los procesos selectivos ordinarios, elabore listas de candidatos en todos los Cuerpos cuya selección tiene encomendada.
En dichas listas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido la puntuación que la Comisión Permanente de Selección considere suficiente. Las listas se ordenarán en función de la puntuación obtenida por los candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin.
Las listas de candidatos tendrán carácter provincial, por lo que la Comisión Permanente de Selección distribuirá a los candidatos en función de la provincia del domicilio de residencia que éstos indiquen en la solicitud de participación en las correspondientes pruebas selectivas. No obstante, posteriormente, los candidatos que lo deseen podrán optar por un ámbito provincial distinto, siempre que lo comuniquen a la Comisión Permanente de Selección, con sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, teléfono 91 273 91 00 y 060. Fax 91 273 91 05. Correo electrónico cps@inap.es.
Esta norma no será de aplicación en el supuesto de que las plazas se convoquen por ámbitos territorializados que obliguen durante todo el proceso. En este caso las listas de candidatos se elaborarán en función de los ámbitos territoriales convocados y solicitados por los aspirantes.
Las listas tendrán validez hasta la publicación de nuevas listas de candidatos resultantes del desarrollo de nuevos procesos selectivos ordinarios.
Para poder formar parte de las listas elaboradas por la Comisión Permanente de Selección, los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se exijan en las correspondientes convocatorias.
Una vez aprobadas por la Comisión Permanente de Selección, las listas de candidatos serán gestionadas por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en los términos autorizados, con arreglo a las puntuaciones obtenidas de acuerdo con los criterios que establezca la Comisión Permanente de Selección, y éstas se encargarán de hacerlas públicas dentro de su correspondiente ámbito provincial.
El procedimiento de gestión de las listas de candidatos se iniciará previa autorización conjunta del nombramiento de funcionarios interinos de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Costes de Personal y Pensiones Públicas. La relación de candidatos seleccionados tendrá carácter rotatorio, de tal manera que una vez haya sido nombrado el último de dichos candidatos seleccionados, se iniciará de nuevo si su vigencia lo permite.
Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno procederán a ofertar el nombramiento por riguroso orden de los integrantes de la relación de candidatos, comunicando de forma fehaciente a cada uno de los candidatos el puesto vacante que les corresponda para que procedan a su aceptación. Recibida esta comunicación, los candidatos deberán aportar, en el plazo de tres días naturales, en las oficinas de registro de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno correspondientes, los documentos que acrediten la posesión de todos los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Además del TREBEP y de otras disposiciones básicas sobre empleo público, los detalles concretos del procedimiento de elaboración de la bolsa de interinos de la Administración del Estado-siendo las más conocidas las de los Cuerpos de Auxiliares, Administrativos y Gestión Civil- vienen regulados por las siguientes normas:
De forma extraordinaria el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado una bolsa de interinos que funciona de forma diferente a la de la AGE.
La información más destacada sobre esta bolsa de trabajo temporal es la siguiente:
Para saber más sobre estas bolsas de interinos os recomendamos que contactéis directamente con la Subdelegación del Gobierno de vuestra provincia.
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