Procesos selectivos de la Administración General del Estado: nombramiento miembros de la Comisión Permanente de Selección

20/07/19

       

El BOE de hoy, 20 de julio de 2019, publica la Resolución de 19 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombran miembros de la Comisión Permanente de Selección.

 

El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, prevé la existencia de Comisiones Permanentes de Selección cuando el elevado número de aspirantes y el nivel de titulación o especialización exigidas así lo aconseje.

 

El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece los principios que han de regir el acceso al empleo público, que son los de igualdad, mérito, capacidad, publicidad, transparencia y agilidad en los procesos selectivos, sin menoscabo de la objetividad, y las garantías que han de regir el funcionamiento de los órganos de selección: imparcialidad y profesionalidad de sus miembros e independencia y discrecionalidad técnica. Y, asimismo, dicho texto legal señala que las Administraciones públicas podrán crear órganos permanentes para la organización de procesos selectivos.

 

En este sentido, la Orden TFP/516/2019, de 30 de abril, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección, determina, en su artículo 2, el régimen de designación de sus miembros y refiere, en su apartado 3, que corresponde al titular de la Secretaría de Estado de Función Pública el nombramiento de los Vocales de la Comisión Permanente de Selección, de los que seis serán designados a propuesta del titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, cinco a propuesta del titular de la Dirección General de la Función Pública y dos a propuesta del titular de la Secretaría General de Administración Digital, de acuerdo con el principio de especialidad y entre personas con experiencia práctica en las materias que componen los programas de los procesos selectivos a que se refiere el artículo 1, y que responderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres.

 

En el citado artículo 2 se establece que la presidencia de la Comisión Permanente de Selección corresponde a la persona titular de la Subdirección de Selección del Instituto Nacional de Administración Pública y que el Secretario será nombrado por el titular de la Secretaría de Estado de Función Pública, a propuesta del titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, de entre los funcionarios de la Subdirección de Selección del Instituto Nacional de Administración Pública.

 

Con fecha 17 de julio de 2019, la Directora del INAP ha elevado la relación de Vocales que integrarán la Comisión Permanente de Selección y la propuesta de nombramiento de Secretario.

       

Enlace a la Resolución

news-botón

pagina anterior pagina siguiente

Quiero recibir el boletín para estar informada/o!

He leído y acepto la política de privacidad.

USO DE COOKIES

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia y nuestros servicios, así como mostrarle, desde nuestro sitio web o los de terceros, publicidad basada en el análisis de sus hábitos de navegación.

Política de cookies