Aprobada la estructura orgánica de la Consellería do Mar y, con ella, las funciones de los Guardacostas, claves en la oposición de acceso a este cuerpo

19/11/15

El Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 221 de este jueves, 19 de noviembre, publica el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería do Mar (http://www.xunta.es/dog/Publicados/2015/20151119/AnuncioG0427-181115-0002_es.pdf)

Este Decreto será un documento de referencia para todos aquellos opositores que buscan acceder a las plazas de Guardacostas. El texto establece en el artículo 3 que la Subdirección Xeral de Gardacostas de Galicia depende directamente de la Conselleira; además de describir las funciones que tiene encomendada esta Subdirección.

 

Artículo 3. El/la conselleiro/a

  1. El/la conselleiro/a es la autoridad superior de la Consellería y con tal carácter está investida de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia.

  2. Con dependencia directa del/de la conselleiro/a se encuentra la Subdirección Xeral de Gardacostas de Galicia a la que le corresponde:

  • La coordinación de las competencias en materia de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina.

  • La elaboración del plan de contingencias por contaminación marina accidental.

  • La prevención de la contaminación marina.

  • Las funciones de programación, planificación y control de las acciones de vigilancia e inspección, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos de la Xunta de Galicia, tanto en el sector extractivo como en los centros de comercialización y establecimientos de producción, transformación y consumo, así como en el transporte de los productos en general.

  • Cuantos asuntos le sean encomendados en razón de su competencia. 

  1. La Subdirección Xeral de Gardacostas de Galicia se estructura en las siguientes unidades:

    - 3.1. Servizo de Protección de Recursos, al que le corresponde la coordinación, organización y seguimiento de los medios materiales y personales del Servicio de Guardacostas de Galicia; el control de los partes, actas, informes, incidentes y demás actuaciones del Servizo de Gardacostas de Galicia y, en general, cuantos asuntos le sean encomendados en razón de su competencia.

    - 3.2. Servizo de Busca, Salvamento Marítimo e Loita contra a Contaminación, al que le corresponde la coordinación de las competencias en materia de salvamento marítimo y lucha contra la contaminación marina; la elaboración del plan de contingencias por contaminación marina accidental; la planificación de actividades de prevención de la contaminación marina y, en general, cuantos asuntos le sean encomendados en razón de su competencia por la persona titular de la Consellería.

    - 3.3. Servizo de Inspección e Control dos Recursos, al que le corresponde, sin perjuicio de las competencias propias de otros órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, el fomento y la protección de la salud pública, de la seguridad a lo largo de la cadena alimentaria y, en especial, de la fauna silvestre y del propio medio ambiente, de las producciones y de los recursos genéticos de los animales acuáticos; la sanidad de los animales acuáticos y establecimientos de acuicultura; la protección de recursos, especialmente en lo que atañe a tamaños mínimos, zonas y épocas de veda y topes de captura; el control de la cadena alimentaria, tanto en la producción primaria como en la transformación, en el almacenamiento y en la distribución; la inspección en lonjas, puntos de control y establecimientos autorizados para efectuar primeras ventas de los productos del mar; control del transporte de especies marinas, establecimientos de acuicultura y auxiliares de acuicultura; el control de la comercialización de los productos del mar, pescaderías y establecimientos autorizados para la venta de estos productos; y, en general, cuantos asuntos le sean encomendados en razón de su competencia por la persona titular de la Consellería.

 

Competencias de la Consellería do Mar

La Consellería do Mar es el órgano de la Administración gallega al que, bajo la superior dirección de la persona titular del departamento, le corresponde proponer y ejecutar las directrices generales del Gobierno en materia de ordenación pesquera en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, cofradías de pescadores/as y demás organizaciones y asociaciones de los/as profesionales del sector, industrias pesqueras y conserveras, establecimientos de almacenamiento, manipulación, ventas y transformación del pescado y enseñanzas marítimo-pesqueras, náutico-deportivas y buceo, cooperación pesquera interinstitucional y con el exterior, salvamento marítimo, lucha contra la contaminación y planificación y actuaciones portuarias, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de autonomía para Galicia y según los términos señalados por la Constitución española, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder a los otros organismos de la Comunidad Autónoma.

 

Estructura de la Consellería

Para el ejercicio de sus funciones, la Consellería do Mar se estructura en los siguientes órganos:

El/la conselleiro/a.

  1. La Secretaría Xeral Técnica.

  2. La Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica.

  3. La Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro.

  4. Quedan adscritas a esta Consellería las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico:

    - El ente público Portos de Galicia.

    - El ente público Instituto Tecnolóxico para o Control do Medio Mariño de Galicia.

 

Novedades

El decreto introduce como principales novedades una reorganización de las unidades administrativas dependientes de la Secretaría Xeral Técnica, así como la asignación de competencias, tras la desaparición de la Secretaría Xeral do Mar, a la Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica, y la creación de las jefaturas territoriales con sede en A Coruña, Celeiro y Vigo, que desarrollarán sus funciones en el ámbito territorial de las delegaciones territoriales en las que se integren, salvo la Xefatura Territorial de Vigo, que desarrollará sus funciones en el ámbito territorial de toda la provincia.

Con la publicación de este Decreto y las funciones de la Subdirección Xeral de Gardacostas en él detalladas, la Consellería y Función Pública ya pueden cerrar el programa de la Oposición, previo a la convocatoria.

news-botón

pagina anterior pagina siguiente

Quiero recibir el boletín para estar informada/o!

He leído y acepto la política de privacidad.

USO DE COOKIES

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia y nuestros servicios, así como mostrarle, desde nuestro sitio web o los de terceros, publicidad basada en el análisis de sus hábitos de navegación.

Política de cookies