24/07/23
El BOP de A Coruña núm. 140, de 24 de julio de 2023, publica el Anuncio del Ayuntamiento de A Coruña de nombramiento de personal funcionario de carrera en las plazas de auxiliar administrativo/a, de la escala de administración general, subescala auxiliar, del subgrupo C2, a las personas aspirantes aprobadas que se relacionan en el anexo de la resolución, ordenadas de acuerdo con la puntuación final obtenida en el proceso selectivo y con expresión de los destinos, en adscripción definitiva, que se le adjudican.
Enlace al Anuncio con los nombramientos y destinos
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas nombradas deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 60 de la Ley 2/2015, del 29 de abril, y tomar posesión en el plazo de un mes, que comenzará a computarse desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente resolución de nombramiento en el BOP.
¡Enhorabuena a los/as 11 alumnos/as de In.fórmate que han obtenido una plaza en propiedad!
Bolsa de interinos
El Ayuntamiento de A Coruña, una vez finalizado este proceso selectivo para la cobertura, por el turno de acceso libre, de 22 plazas de Auxiliar Administrativo/a (subgrupo C2), de conformidad con la base específica octava de la convocatoria y con la Instrucción 4/2017 sobre el procedimiento de creación y gestión de listas de espera para el nombramiento de personal interino del Ayuntamiento de A Coruña, ha publicado el orden de prelación de las personas aspirantes que superaron alguno de los ejercicios del proceso selectivo y no obtuvieron plaza, para la creación de una lista de espera.
Enlace a la lista de espera provisional
Las personas incluidas en este listado provisional de personal funcionario interino dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones preferentemente por vía electrónica, a través del siguiente enlace:
Aportación de documentación y/o alegatos a un expediente (coruna.gal)
Las reclamaciones se dirigirán al Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de A Coruña. Podrá también presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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