Conductor/a del Estado (27 plazas): personas aprobadas del proceso selectivo (presentación de documentación y solicitud de destinos hasta el 9 de agosto)

Conductor del Estado

12/07/24

 

La Secretaría de Estado de Función Pública ha publicado la Resolución por la que se aprueba relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, así como relación de personas adjudicatarias de plaza por orden de puntuación en el mismo, para el ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna, como personal laboral fijo en el grupo E2 especialidad “Conducción de vehículos de transporte por carretera”, sujeto al IV convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, convocado por Resolución de 26 de mayo de 2023.

Enlace a la Resolución

Mediante esta Resolución se aprueba la relación definitiva de personas aspirantes que han obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de la puntuación obtenida en la especialidad, incluidas en el Anexo I de esta Resolución, así como la relación de personas aspirantes a las que se les adjudica plaza, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, en función de la puntuación obtenida en el proceso selectivo, incluidas en el Anexo II.

Enlace a la web donde figuran los listados

También se pueden consultar en la página web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática:

https://.mpt.gob.es/ministerio/procesos-selectivos.html

En la página web de la Secretaría de Estado de Función Pública:

www.funcionpublica.digital.gob.es - apartado “Empleo Público”

Y en el punto de acceso general:

www.administracion.gob.es

Presentación de documentación

Las personas aspirantes incluidas en el Anexo II de esta Resolución (aspirantes que han superado el proceso selectivo) dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, es decir, del 12 de julio al 9 de agosto de 2024, ambos inclusive, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria y que se detalla en los apartados Tercero y Cuarto de esta Resolución.

Asimismo, las personas aspirantes que, no habiendo resultado personas adjudicatarias de plaza, hayan quedado en la posición primera y segunda por detrás de la última persona adjudicataria en su correspondiente forma de acceso, deberán presentar la misma documentación, a fin de que si las personas aspirantes inicialmente seleccionadas no presentan la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumplen los requisitos exigidos, renuncian, no formalizan el contrato, o desisten expresamente a continuar participando en el proceso, el puesto se adjudique a la siguiente persona candidata. Esta medida tiene como única finalidad agilizar el procedimiento, sin que de la presentación de la documentación por parte de la persona aspirante aprobada no adjudicataria, se derive ningún derecho a la adjudicación de una plaza, salvo lo previsto en la base 7.8 de la convocatoria.

Toda la documentación deberá dirigirse al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, S.G de Recursos Humanos de la AGE en el Territorio, Calle Claudio Coello, 31 - 28071 Madrid, y podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo.

En la página web de la Secretaría de Estado de Función Pública se encuentran disponibles los modelos de los anexos para imprimir y cumplimentar:

https://funcionpublica.hacienda.gob.es - apartado “Empleo Público”

Todas las personas aspirantes a los que se hace referencia en el Apartado Segundo de esta Resolución deberán presentar la siguiente documentación:

  • Compatibilidad funcional (base 2.1.5.): Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas relacionadas con el puesto por el que se opta. 
  • Titulación Específica (base 2.1.7.): En su caso, para cada especialidad, copia auténtica de la titulación correspondiente que acredite estar en posesión de los requisitos específicos que figuran en la columna de “FORMACION ESPECIFICA” del Anexo II de la convocatoria.
  • Certificación (base 2.1.8.): Será requisito para el acceso a las plazas que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, y para el ejercicio de las mismas, no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a estas plazas deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
  • Solicitud de destinos por orden de preferencia, mediante la cumplimentación del Anexo IV de esta Resolución, de las plazas ofertadas en el Anexo VII de la Resolución de la Secretaría de Estado de la Función Pública de 26 de mayo de 2023 por la que se convoca el proceso selectivo y que asimismo se detallan en el Anexo III de esta Resolución, en un número equivalente, como mínimo, al número de orden que hayan obtenido en el proceso selectivo.

Enlace a la relación de puestos ofertados

Enlace al documento de solicitud de destinos

La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino y de acuerdo con la puntuación total obtenida.

 De conformidad con lo dispuestos en la base 1.9 de la convocatoria las personas aspirantes que han accedido por el sistema de promoción interna elegirán destino en primer lugar y por orden de prelación de entre todas las plazas incluidas en la convocatoria. En el caso de que las plazas convocadas por promoción interna queden vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre. En consecuencia, debido a la preferencia para obtener destino de las personas aspirantes que acceden por el turno de promoción interna, las personas aspirantes en ingreso por acceso libre deberán incrementar en tres plazas más al número de orden que hayan obtenido en el proceso selectivo.

A las personas aspirantes que no presenten su solicitud de destino dentro del plazo señalado, o presentada ésta en tiempo y forma, no incluyese plazas suficientes para obtener una de ellas, se les adjudicará destino en alguna de las plazas vacantes en cada número de orden del Anexo III que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de las demás personas aspirantes.

¡Enhorabuena a los dos alumnos de In.fórmate que se han hecho con una plaza en propiedad!

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