23/04/24
La Comisión Permanente de Selección ha publicado la Resolución por la que se aprueba la valoración provisional de méritos de la fase de concurso de los aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna para personal funcionario y para personal laboral fijo, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y se otorga un plazo de audiencia previo a la propuesta de exclusión para los aspirantes que no cumplen con los requisitos para participar en el turno de promoción interna.
Cuando el nombre de la persona aspirante aparezca con un asterisco (*), indicará una discrepancia entre los datos aportados en el certificado de requisitos y méritos y los que se desprenden del contenido del Registro Central de Personal, considerándose éstos prevalentes.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día 24 de abril de 2024 inclusive, es decir, hasta el 8 de mayo, para la presentación de alegaciones a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
Transcurrido este plazo y una vez efectuadas, conforme a la normativa vigente, las pertinentes rectificaciones, se publicará la resolución que contenga la relación de aspirantes con la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso.
Junto con la presente resolución se hace pública la relación de aspirantes que, tal y como exige la convocatoria, no cumplirían con alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria para poder participar en las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, junto con las causas de exclusión. Estos aspirantes aparecerán asimismo en la lista de valoración de méritos con la expresión “PENDIENTE DE VALORAR”.
Antes de la propuesta ante la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública de la exclusión de los aspirantes incluidos en dicha relación, se les concede un plazo de diez días hábiles (del 24 de abril al 8 de mayo), a efectos del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que puedan alegar y presentar cuantas justificaciones y documentos estimen oportunos.
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