10/04/23
La Secretaría de Estado de Función Pública ha publicado la Resolución por la que se realiza la asignación provisional de destinos a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna, para personal funcionario y personal laboral fijo, al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Enlace a la Resolución de oferta de destinos
Mediante esta Resolución se oferta a las personas aspirantes que figuran en el Anexo II, los puestos de trabajo incluidos en el Anexo I.
Enlace al Anexo I con los destinos ofertados
Enlace al Anexo II con los aspirantes que deben solicitar destino
Enlace a la web de Función Pública con toda la información
Solicitud de destinos
Las personas aspirantes que no hayan rechazado expresamente la permanencia en el puesto de trabajo asignado provisionalmente quedan excluidas de la posibilidad de solicitar un puesto de los que se ofertan en el Anexo I de esta Resolución, no teniendo, por tanto, que presentar en esta fase documentación alguna.
Proceso de solicitud de destino
Las personas aspirantes relacionadas en el Anexo II solicitarán destino por vía electrónica desde la página web de FUNCIONA a la que podrán acceder a través del siguiente enlace “https://sede.funciona.gob.es” apartado “mis servicios de RR.HH.”. En la mencionada página web, solicitarán las vacantes y firmarán y enviarán la solicitud.
El plazo de solicitud de vacantes comienza el día 11 de abril de 2023 a las 12:00 horas del mediodía y finaliza el día 14 de abril de 2023 a las 12:00 horas del mediodía.
Instrucciones para la petición de vacantes
IMPORTANTE: Si tiene cualquier problema de tipo técnico u operativo para acceder al Portal de solicitudes o para cumplimentar su solicitud, es imprescindible para que pueda ser resuelto dentro del plazo de presentación de solicitudes, cursar una incidencia a través del Centro de Atención a Usuarios (CAU) del Sistema Integrado de Gestión de Personal, antes de las 10:00 h del día 14 de abril de 2023.
Para poder llevar a cabo la solicitud de destinos es imprescindible que las personas aspirantes cuenten con un certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o una firma electrónica del DNI-e, vigente.
La adjudicación de destinos se efectuará a la vista de las peticiones presentadas por las personas aspirantes, según el orden obtenido en el proceso selectivo, excepto en lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del día 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
Las personas aspirantes afectadas por este último supuesto, podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, tal como precisa el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre. Estos motivos deberán ser debidamente acreditados mediante certificación de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma correspondiente y aquella otra documentación que la persona interesada considere oportuna.
Esta documentación deberá presentarse en un Registro Público, dirigida a la Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal de la Dirección General de la Función Pública (Calle Manuel Cortina, 2, 28071, Madrid) en la forma establecida en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del mismo plazo establecido para la solicitud de vacantes. Una vez presentada, se remitirá una copia de la solicitud sellada por el Registro correspondiente al correo electrónico fp.nombramientos@correo.gob.es.
Ante la posibilidad de que las personas aprobadas por el cupo de reserva de personas con
discapacidad obtengan plaza de forma preferente, se deberá incrementar el número de plazas que cada persona aspirante solicite en una plaza más.
A las personas aspirantes que no presenten su solicitud de destino en el plazo señalado en esta Resolución, o que no incluyesen los puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguna de las vacantes del Anexo I que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de las demás personas aspirantes relacionadas en el Anexo II.
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