09/05/25
El tribunal nombrado para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala técnica de facultativos, especialidad de enfermería, convocado mediante la Resolución de 22 de enero de 2024 (DOG núm. 20, de 29 de enero), ha publicado los criterios de corrección, valoración y superación del primero ejercicio del proceso selectivo.
Enlace a los criterios de corrección
Marco temporal de vigencia de las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa
El programa que regirá las pruebas selectivas es lo que figura cómo anexo III de la Resolución de convocatoria del 22 de enero de 2024 (DOG núm. 20, del 29 de enero). Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG de los listados definitivos de personas admitidas y excluidas, cuenten con publicación oficial en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior.
Las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que figura en el anexo III y que fueran derogadas parcial o totalmente, serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total, con fecha límite de la fecha de publicación en el DOG de los listados definitivos de personas admitidas y excluidas.
Determinación de la superación de la prueba y del número de aprobados
En el acceso libre, superarán este ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por 4 el número de plazas convocadas por este turno siempre que consigan, en cada una de las partes, el mínimo del 50 %, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
No obstante, de darse el caso de que el número de aspirantes que consigan, en cada una de las partes, el mínimo del 50 % de las respuestas netas, sea inferior al resultado de multiplicar por cuatro el número de plazas convocadas, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones, hasta conseguir la dicha cifra, siempre que habían obtenido, en cada una de las partes, el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Para los efectos de lo previsto en los dos párrafos anteriores, en el que se refiere al número máximo de plazas convocadas por el turno de acceso libre, se tendrá en cuenta que las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna, en la que no hay aspirantes admitidos, se acumulan a las plazas convocadas por el turno de acceso libre.
En caso de empate todas las personas aspirantes con idéntica puntuación la aquella persona aprobada que marque el corte, se considerarán igualmente aprobadas, aunque se superara el número de aspirantes antes indicado.
El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
Se asignará la valoración de 25 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 25 y los 50 puntos, proporcional al número de respuestas correctas (una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas).
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