21/01/25
El DOG núm. 13, de 21 de enero de 2025, publica sendas Resoluciones de 3 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos del Sergas, por las que se declaran, con carácter provisional, las personas aspirantes admitidas y excluidas, así como las exentas y no exentas del ejercicio de lengua gallega en los concursos-oposición para el ingreso en las categorías de grupo técnico de la función administrativa, grupo de gestión de la función administrativa y técnico/a superior en las especialidades de dietética y documentación sanitaria.
Las listas con la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión, y las declaradas exentas y no exentas de la realización del ejercicio de lengua gallega, se podrá examinar en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).
Además, el estado de cada solicitud puede ser consultado por la persona solicitante en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.
Subsanación de defectos
Las personas aspirantes excluidas y las declaradas no exentas de la realización del ejercicio de gallego dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, es decir, del 22 de enero al 4 de febrero, para poder enmendar, en su caso, el defecto que motivó su exclusión y/o la declaración de no exenta de la realización de tal ejercicio, mediante escrito dirigido a la misma unidad de validación a la que se dirigió la instancia de participación, que deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos disponibles del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente solicitud de participación en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relación publicada.
La estimación o desestimación de las solicitudes de enmienda se entenderá implícita en la resolución por la que se apruebe, con carácter definitivo, la relación de personas admitidas y excluidas y de exentas y no exentas del ejercicio acreditativo del conocimiento de la lengua gallega, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.
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