La CIG pierde su demanda contra el acuerdo sobre el incremento de plazas en la promoción interna de personal laboral de la Xunta

20/06/16

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le ha dado la razón a los sindicatos CCOO, UGT y C-SIF en relación al Acuerdo que firmaron con la Xunta sobre el incremento de plazas para la OPE 2016 en la promoción interna para el personal laboral del Gobierno autonómico, el incremento de la promoción interna de las plazas acumuladas de la OPE 2015 en los procesos de la OPE 2016 y en el turno específico de discapacidad intelectual.

De esta forma, la CIG pierde su demanda y el TSXG explica las razones en la sentencia que ha hecho pública con los siguientes argumentos:

  • Que no existe exclusividad del Comité Intercentros para negociar la modificación del V Convenio Colectivo Único, tal y como se establece en la Disposición Adicional 11ª del Convenio.

  • Que el Acuerdo no carece de eficacia porque sí fue inscrito y registrado, y aunque no lo fuera la Disposición Adicional 11ª no establece su exigencia.

  • Que se trata de una medida excepcional y limitada para la OPE 2016.

  • Que el planteamiento de la CIG, segundo lo que declara la sentencia: “este planteamiento parece responder a una postura que en el acepta él juego de mayorías… la negociación no es válida si la decisión no coincide con su posición, lo que en ningún caso es de recibo”.

  • Que las consecuencias de que prosperara la impugnación, según la Sentencia: “determinaría que se restringiese él número de plazas ofertadas en la OPE 2016 -y perjudicadas varios cientos de eventuales incorporaciones- al verse coartada dicha convocatoria por...” las leyes estatal y autonómica de presupuestos y el artículo 9.4 del

  • V Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Xunta de Galicia.

  • Del anterior punto concluye la Sentencia que los Sindicatos firmantes "conscientes tanto de la necesidad de ofertar un número mayor de puestos de trabajo de estas categorías para su cobertura definitiva, como también para fomentar la Promoción Interna del personal laboral y con la finalidad establecida en la Disposición Adicional 11ª hubiesen llegado a la modificación coyuntural del convenio para la OPE 2016”.

  • La Sala de lo Social del TSXG asegura también que “no se llega a vislumbrar cual es el objetivo buscado de la anulación del Acuerdo, lo que supondría paralizar la OPE 2016”.

Los sindicatos CCOO, UGT y CSI-F han manifestado su satisfacción por la pronta resolución por parte del TSXG de este asunto, al acabar con la incertidumbre entre cientos de trabajadores.

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