Listas de contratación temporal de personal interino y laboral de la Xunta: cierre y apertura para la presentación de nuevas solicitudes (del 1 de marzo al 30 de abril)

Candidatos a las listas de contr

27/02/26

 

El DOG núm. 39, de 27 de febrero de 2026 publica la Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda el cierre y la apertura de determinadas listas para la incorporación de nuevas solicitudes de contratación temporal de personal laboral y de nombramiento de personal funcionario interino en la Administración autonómica.

Enlace a la Resolución

Enlace a la guía informativa sobre las listas de contratación

Marco normativo

El nombramiento de personal funcionario interino y la contratación temporal de personal laboral en la Xunta de Galicia se rigen por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo.

De acuerdo con su artículo 6:

  • Las nuevas solicitudes podrán presentarse desde la publicación de la resolución de apertura correspondiente.
  • El plazo ordinario de presentación será del 1 de marzo al 30 de abril.
  • La Administración podrá acordar el cierre de listas cuando exista saturación por exceso de personas inscritas o por falta de rotación en nombramientos y contrataciones, con las excepciones previstas legalmente.

Tras analizar el número de contrataciones y nombramientos realizados en 2025 y el volumen de personas inscritas, la Dirección General adopta nuevas medidas de apertura y cierre de listas.

ANEXO I - Listas que se cierran

Se acuerda el cierre de incorporación de nuevas solicitudes, entre otras, en las siguientes escalas:

Personal funcionario

Grupo C2

  • 207X – Escala de guarda de recursos naturales
  • 208N – Escala auxiliar de mantenimiento
  • 20D0 – Escala auxiliar de recursos naturales y forestales. Especialidad oficial

Las listas cerradas solo admitirán nuevas inscripciones en los supuestos excepcionales previstos en la resolución (personas que hayan superado pruebas del último proceso selectivo o que acrediten servicios prestados en el ámbito correspondiente).

ANEXO II - Listas que se abren

Se reabre la incorporación de nuevas solicitudes en diversos cuerpos, escalas y categorías. Entre ellas destacan:

Personal funcionario

Grupo C2

  • 207S – Escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales. Especialidad emisorista/vigilante fijo/a
  • 207Y – Escala auxiliar de cuidadores
  • 207Z – Escala auxiliar de cocina

ANEXO III - Listas abiertas en plazo ordinario (del 1 de marzo al 30 de abril de 2026)

Se relacionan asimismo las listas que permanecen abiertas y en las que las personas interesadas podrán presentar solicitud del 1 de marzo al 30 de abril de 2026.

Entre ellas se incluyen múltiples escalas de los subgrupos A1, A2, C1 y C2, así como agrupaciones profesionales y diversas categorías de personal laboral, entre las que destacan:

Personal funcionario

Grupo A2

  • 208A – Escala de técnicos/as facultativos/as. Especialidad enfermería

Grupo C1

  • 207V – Escala operativa Servicio de Guardacostas de Galicia. Especialidad patrón/a
  • 207W – Escala operativa del Servicio de Guardacostas de Galicia. Especialidad mecánico/a
  • 208J – Agentes técnicos facultativos. Especialidad jardín de infancia
  • 209E – Escala técnica de mantenimiento de servicios
  • 209G – Escala técnica de cocina
  • 209H – Escala técnica de conducción
  • 209U – Escala técnica SPDCIF. Especialidad bombero/a forestal jefe/a de brigada

Grupo C2

  • 207S – Escala auxiliar SPDCIF. Especialidad emisorista/vigilante fijo/a
  • 207T – Especialidad bombero/a forestal-conductor/a motobomba
  • 207U – Especialidad bombero/a forestal
  • 207Y – Escala auxiliar de cuidadores
  • 207Z – Escala auxiliar de cocina
  • 20A3 – Escala de auxiliares de clínica

Agrupación profesional

  • 209R – Escala de personal de limpieza y recursos naturales y forestales. Especialidad personal de limpieza y cocina

Personal laboral

Grupo III

  • 100 – Bombero/a forestal jefe/a de brigada

Grupo IV

  • 033 – Bombero/a forestal conductor/a motobomba

Grupo V

  • 014 – Bombero/a forestal
  • 10B – Vigilante fijo/a defensa contra incendios forestales
  • 10C – Emisorista defensa contra incendios forestales
  • 14A – Bombero/a forestal conductor/a

ANEXO IV - Listas cerradas

Se detallan igualmente las listas que permanecen cerradas, tanto de personal funcionario como laboral, en numerosos cuerpos y escalas de los subgrupos A1, A2, C1 y C2, así como en distintas agrupaciones profesionales.

En estos casos, únicamente podrán inscribirse:

  • Personas que hayan superado alguna prueba del último proceso selectivo correspondiente.
  • Personas que hayan prestado servicios en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en entidades públicas instrumentales del sector público autonómico con relación de puestos de trabajo publicada para la categoría o escala correspondiente.
  • En determinados supuestos de funcionarización, quienes hayan prestado servicios en categorías laborales equivalentes, según las resoluciones publicadas en el DOG en 2021, 2023 y 2025.

Personal funcionario

Grupo A1

  • 2060 – Cuerpo superior Administración general C.A. Galicia

Grupo A2

  • 2051 – Cuerpo gestión Administración general
  • 209T – Orientación laboral

Grupo C1

  • 2053 – Cuerpo administrativo
  • 207C-02 – Agentes Servicio Guardacostas
  • 209I – Análisis laboratorio
  • 20B6 – Recursos naturales y forestales capataz

Grupo C2

  • 2059 – Cuerpo auxiliar
  • 207X – Guarda recursos naturales
  • 208N – Auxiliar mantenimiento
  • 208P – Auxiliar laboratorio
  • 208Q – Auxiliar conducción
  • 20D0 – Auxiliar recursos naturales oficial

Agrupación profesional

  • 2055 – Personal subalterno

Personal laboral

Grupo V

  • 003-02 – Ordenanza, celador/a, vigilante, subalterno/a y afines
  • 10F – Peón/a forestal

Subsanación de errores

Las personas aspirantes que hayan autorizado la consulta de datos por parte de la Administración y resulten excluidas provisionalmente por imposibilidad material de verificación deberán aportar, en el plazo de reclamación, copia auténtica de la documentación acreditativa correspondiente.

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