13/06/23
El DOG núm. 111, de 13 de junio de 2023, publica la Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en las categorías 10B, 10C, 14 y 14A del grupo V del personal laboral de la Xunta de Galicia.
Las personas aspirantes podrán consultar el estado de las solicitudes de inscripción presentadas y la situación como admitidas o excluidas en fides.xunta.gal.
El listado completo de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, se podrá consultar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal.
Enlace a la nota informativa sobre como subsanar la exclusión en las listas provisionales
Asimismo, y según la base I.4 de las que rigen el proceso selectivo, en este listado figuran las personas aspirantes que tienen pendiente de acreditar que están en posesión del Celga requerido.
Las personas aspirantes excluidas, las que no figuren en ninguno de los listados, así como aquellas personas que no acreditaron estar en posesión del Celga requerido, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (del 14 al 27 de junio), para reclamar o subsanar el defecto que motivó la exclusión o acreditar que poseían antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo el Celga 2 o equivalente debidamente homologado. Para ello deberá acceder a fides.xunta.gal y realizar las alegaciones que considere oportunas y aportar la documentación acreditativa. Solo se admitirán las alegaciones que se realicen por medio de esta aplicación informática.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzgará que se les reconozca a las personas aspirantes la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo, así como de la posesión del Celga requerido. Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas aspirantes decaerán en todos los derechos que puedan derivar de su participación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos que motivaron su exclusión serán definitivamente excluidas. Las personas aspirantes que no acrediten la posesión del Celga 2 tendrán que realizar la prueba de conocimiento de la lengua gallega.
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