PSX y TCAE del Sergas (concurso-oposición): baremación definitiva de la fase de concurso y personas aspirantes aprobadas

PSX

12/12/24

 

El DOG núm. 239, de 12 de diciembre de 2024, publica la Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos del Sergas, por la que se hacen públicos los acuerdos de los tribunales que juzgan los procesos selectivos para el ingreso en las categorías de personal de servicios generales y técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, convocados por las resoluciones de 15 de diciembre de 2022, relativos a la baremación definitiva de la fase de concurso y a la publicación de los/las aspirantes seleccionados/as.

Enlace a la Resolución

En la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) se publican las puntuaciones definitivas de la fase de concurso obtenidas por las personas aspirantes que superaron la fase de oposición.

Cada aspirante podrá consultar, además, el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.

Además, se publica, como anexo de esta resolución, la relación de los/las aspirantes seleccionados/as en este proceso, según el orden de puntuación obtenida en los diferentes turnos de acceso de conformidad con el número de plazas convocadas y las previsiones contenidas en las bases 1.3.5 y 1.4.3 de las resoluciones de convocatoria.

Presentación de documentación

Cuarto. De conformidad con la base 9.1) de las convocatorias, los/las aspirantes seleccionados/as que se relacionan en el anexo de esta resolución dispondrán del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, para la presentación de la siguiente documentación:

a) Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo/la imposibilite para el ejercicio de las funciones propias de la correspondiente categoría.

c) Por exigencia del artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o, en su defecto, autorización escrita al Servicio Gallego de Salud para consultar los datos contenidos en el citado registro y solicitar en su nombre la oportuna certificación.

Esta autorización deberá prestarse en el modelo que al efecto consta en la página web del Servicio Gallego de Salud, en el apartado relativo a empleo público:

www.sergas.gal/recursos-Humanos/OPE-Oferta-Pública-de-Emprego

d) Declaración jurada o promesa de no tener la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría a la que opta.

e) Los/las aspirantes seleccionados/as que accedieron por el turno de personas con discapacidad deberán presentar en este plazo, además de la documentación anterior, original o certificación compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el correspondiente turno, de no tener carácter definitivo la resolución por la que se les reconoció la discapacidad, y que fue presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Los/las aspirantes que accedan por el turno de discapacidad intelectual deberán presentar, además, una copia compulsada del dictamen técnico facultativo que acredite el reconocimiento de una discapacidad intelectual.

De conformidad con la base 9.2 de las referidas resoluciones de 15 de diciembre de 2022, los/las que dentro del plazo fijado no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en el proceso selectivo, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Elección de destino

Solo a los efectos de elección de destino, de conformidad con el artículo 9 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los/las aspirantes que superaran el concurso-oposición por el turno reservado a personas con discapacidad podrán solicitar a la autoridad convocante, en el plazo que se indica en el apartado tercero de esta resolución, la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.

Los destinos que se oferten a las personas aspirantes que accedan por el turno de discapacidad intelectual tendrán carácter diferenciado. Se adoptarán las medidas precisas para la valoración y la adaptación de los destinos que se les oferten a las condiciones de discapacidad acreditadas.

 

La documentación requerida en esta resolución deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, debiendo dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud; Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela.

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