21/02/24
El DOG Núm. 37, de 21 de febrero de 2024, publica la Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos del Sergas, por la que se hace público el acuerdo de los tribunales que juzgan el proceso selectivo de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en las categorías de personal de servicios generales y técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, convocados por las resoluciones de 26 y de 28 de diciembre de 2022, relativo a la baremación definitiva y a la publicación de los/las aspirantes seleccionados.
Se publica en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) el acuerdo del tribunal, relativo a la puntuación definitiva del proceso selectivo para el ingreso en las categorías de personal de servicios generales y técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.
Cada aspirante podrá consultar, además, el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo, en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.
Con la finalidad de dotar de transparencia al proceso, al existir aspirantes empatados, se publicará en la página web el Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) la información que permitirá verificar la correcta aplicación del criterio de desempate establecido en la base 8.1.6. de la Resolución de convocatoria del proceso.
Aspirantes seleccionados
Como anexo I de la resolución, se publica la relación de los/las aspirantes seleccionados/as en las categorías de personal de servicios generales y técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, según el orden de puntuación obtenida en los diferentes turnos de acceso, de conformidad con el número de plazas convocadas.
Presentación de documentación
Estos/as aspirantes seleccionados/as dispondrán del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, para la presentación de la siguiente documentación:
a) Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo/la imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la categoría.
c) Por exigencia del artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o, en su defecto, autorización escrita al Servicio Gallego de Salud para consultar los datos contenidos en el citado registro y solicitar en su nombre la oportuna certificación.
Esta autorización deberá prestarse en el modelo que al efecto consta en la página web del Servicio Gallego de Salud, en el apartado relativo a empleo público www.sergas.es/emprego público.
d) Declaración jurada o promesa de no tener la condición de personal estatutario fijo de la misma especialidad a la que opta.
e) Los/las aspirantes seleccionados/as que accedieron por el turno de personas con discapacidad deberán presentar en este plazo, además de la documentación anterior, original o certificación compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el correspondiente turno, de no tener carácter definitivo la resolución por la que se les reconoció la discapacidad, y que fue presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con la base 9.2 de las resoluciones de 26 y de 28 de diciembre de 2022, los/las aspirantes que dentro del plazo fijado no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en el proceso selectivo, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Al objeto de dotar de agilidad al proceso, en previsión de que algunas de las personas aspirantes seleccionadas no puedan ser nombradas en cumplimiento de la base 9.2 indicada, se publica como anexo II de esta resolución a aquellos aspirantes que, sin resultar seleccionados/as en el mismo, figuran en orden de puntuación en los cinco puestos siguientes a los definitivamente seleccionados en el turno de acceso libre, y en los dos puestos siguientes en el turno de discapacidad, a efectos de que aporten la documentación indicada en este apartado.
Solo a los efectos de elección de destino, de conformidad con el artículo 9 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los/las aspirantes que hayan superado el concurso-oposición por el turno reservado a personas con discapacidad podrán solicitar a la autoridad convocante, en el plazo que se indica en el apartado tercero de esta resolución, la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.
La documentación requerida en esta resolución deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud; Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela.
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