Publicada la Ley 9/2017 de medidas fiscales y administrativas que modifica la Ley 2/2015 de Empleo Público en cuestiones como la comisión de servicios, permisos y que prevé la celebración de un proceso selectivo de consolidación
08/01/18
El DOG Núm. 245 de 28 de diciembre de 2017, publicó la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
Principales novedades en materia de Empleo Público de la Ley 9/2017
Comisión de servicios
En el primero de los capítulos, dedicado a la materia de empleo público, se introducen modificaciones en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, consistentes en la reducción a seis meses del período mínimo de permanencia en los puestos de trabajo obtenidos por concurso para poder participar en los concursos específicos, con el fin de favorecer la participación en ellos del personal funcionario; en la previsión de la comisión de servicios como mecanismo legal que permita cubrir, de forma temporal, las bajas de larga duración; en la ampliación de la duración del permiso por parto, del permiso por adopción o acogimiento y del permiso del otro progenitor por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, como medida favorecedora de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como en la creación de una nueva escala del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de administración especial.
Ampliación del permiso de maternidad a 20 semanas ininterrumpidas y del permiso del funcionario que no disfrute del permiso de maternidad a 5 semanas
Junto a lo anterior, como medida de protección de la maternidad y de la paternidad, en dicho capítulo primero se garantiza la percepción por el personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, durante las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como durante todo el período de duración de los permisos de maternidad y paternidad, de la totalidad de las retribuciones básicas y complementarias fijas, así como de la media de las retribuciones variables abonadas en el año anterior al mes en que haya dado comienzo la correspondiente situación en concepto de atención continuada derivada de la prestación de guardias, noches y festivos.
Proceso selectivo de consolidación
Finalmente, se introduce en la legislación específica del Consejo de Cuentas de Galicia una disposición en la que se prevé, con remisión expresa a la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público y a los límites y requisitos impuestos por la normativa básica estatal, la convocatoria de un proceso selectivo para la consolidación de empleo temporal en el ámbito del Consejo de Cuentas de Galicia; convocatoria que tendrá carácter excepcional y por una sola vez, con el objeto de lograr la finalidad de estabilidad en el empleo público. La convocatoria de dicho proceso selectivo corresponderá al Consejo de Cuentas, al amparo de la competencia reconocida en su normativa reguladora para la selección de personal funcionario propio, y el personal así seleccionado tendrá la condición de personal funcionario de carrera del Consejo de Cuentas incluido en el grupo de clasificación profesional de los previstos en dicho texto refundido correspondiente en atención a la titulación exigida para el acceso.
Quiero recibir el boletín para estar informada/o!
USO DE COOKIES
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia y nuestros servicios, así como mostrarle, desde nuestro sitio web o los de terceros, publicidad basada en el análisis de sus hábitos de navegación.