Publicada la orden que regula el procedimiento de selección y nombramiento del personal interino al servicio de la Administración de Justicia en Galicia
25/10/18
El DOG Núm. 204 de este jueves, 25 de octubre de 2018, publica la Orden de 4 de octubre de 2018 sobre selección y nombramiento de personal interino para cubrir puestos de personal funcionario de los cuerpos generales al servicio de la Administración de justicia en Galicia.
El objeto de esta orden es la regulación del procedimiento de selección, formación, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia en Galicia para desempeñar las funciones legalmente reservadas a los cuerpos nacionales de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial.
Esta regulación comprende también la integración de las personas candidatas en bolsas de trabajo y en bolsas de reserva.
Ámbito de aplicación
Las disposiciones contenidas en esta orden serán aplicables al nombramiento de personal interino para trabajar en todos los centros de destino de la Administración de justicia radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia desempeñando funciones de los cuerpos generales de funcionarios al servicio de dicha Administración.
Queda excluido del ámbito de aplicación de esta orden el nombramiento de los secretarios y personal de los juzgados de paz que no estén dotados con plantilla al servicio de la Administración de justicia.
Definiciones
A efectos de lo dispuesto en esta orden, se entenderá por:
a) Bolsa de trabajo: lista ordenada de candidatos seleccionados para ser designados funcionarios interinos, ordenados en función de la puntuación obtenida en la valoración de méritos.
b) Bolsa de reserva: lista ordenada de candidatos no seleccionados en las bolsas de trabajo, que podrán ser nombrados personal funcionario interino si se agota la bolsa de trabajo.
Bolsas de trabajo y bolsas de reserva
La selección de los que deseen ser llamados para cubrir puestos con carácter temporal se realizará mediante la inclusión de las personas que acrediten más méritos en bolsas de ámbito provincial. Los candidatos figurarán en la zona de preferencia indicada en su solicitud.
Cada bolsa estará integrada por los candidatos seleccionados, ordenados en una lista en función de la puntuación que hayan obtenido de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de esta orden.
Se formará una bolsa de trabajo para cada uno de los cuerpos de funcionarios, y siguiendo el orden de lista de esta bolsa, se producirán los nombramientos como funcionario interino.
Si se agotase la bolsa de trabajo, se llamará a los integrantes de la bolsa de reserva.
Composición y vigencia de las bolsas
El número de integrantes de las respectivas bolsas se determinará en la correspondiente convocatoria, aplicando los siguientes porcentajes en relación con las plantillas vigentes:
a) Puestos reservados al cuerpo de gestión procesal y administrativa: para la bolsa de trabajo un 15 % de los puestos y para la de reserva un 7 %.
b) Puestos reservados al cuerpo de tramitación procesal y administrativa: para la bolsa de trabajo un 19 % de los puestos y para la de reserva un 10 %.
c) Puestos reservados al cuerpo de auxilio judicial: para la bolsa de trabajo un 31 % y para la de reserva un 16 %.
Se reservará el 7 % de los puestos de cada bolsa para personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
Las bolsas tendrán una vigencia de dos años, salvo que por modificaciones legislativas o por circunstancias especiales sea necesario realizar una nueva convocatoria. Asimismo, por causa de contar las bolsas con suficiente número de integrantes para cubrir los puestos en régimen de interinidad o por otras circunstancias especiales, su vigencia podrá ser prorrogada. Tanto la convocatoria anticipada como la duración de la prórroga requerirán la consulta previa de la Comisión Paritaria de Interinos.
Convocatoria de las bolsas
La dirección general competente en materia de justicia es el órgano competente para la convocatoria y constitución de las bolsas.
La convocatoria para la formación de las bolsas se publicará en el Diario Oficial de Galicia, en la web de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y en la intranet de Justicia.
Las solicitudes se presentarán en el plazo, forma y lugar que indicará la resolución de la convocatoria.
Las personas solicitantes deberán contar con cualquiera de los mecanismos de identificación y de firma, en su caso, admitidos por la Oficina Virtual del Personal de la Administración de Justicia (OPAX: http://opax.xunta.es). Además, deberán crear y mantener su dirección electrónica habilitada única a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia (Notifica.gal: https://www.xunta.gal/notifica).
El personal interino que se encuentre trabajando cuando se realice la convocatoria tendrá la obligación de presentar la correspondiente solicitud a los cuerpos a que quiera optar, incluido el cuerpo en que esté prestando servicios, si posee la titulación y demás requisitos exigidos.
Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor a los quince días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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