Publicadas las notas de corte y la plantilla de respuestas de Gestión Procesal (turno libre)

08/04/16

El Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para cubrir plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (acceso libre) han publicado el Acuerdo por el que se establecen las puntuaciones mínimas para superar el primer ejercicio.

Enlace al Acuerdo, pincha aqui

Puntuación mínima necesaria para superar el primer ejercicio

Notas mínimas Gestión Procesal

Los opositores que no alcancen la puntuación mínima indicada tendrán la consideración de No aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

Las preguntas acertadas se han valorado con 1 punto, las preguntas no acertadas han descontado 0’25 puntos y las no contestadas no han sido puntuadas, sustituyéndose las preguntas anuladas por las correspondientes de reserva, tal y como figura en la plantilla definitiva de respuestas publicada.

 

Plantillas de respuestas

Plantilla de respuestas definitivas Modelo A: pincha aqui

Plantilla de respuestas definitivas Modelo B: pincha aqui

 

Alegaciones a la pregunta 24-A

Debido al elevado número de aspirantes que han presentado alegaciones a la pregunta n° 24 A - 89 B, el Tribunal considera conveniente hacer la siguiente aclaración:

El Título III del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, regula en seis Capítulos el Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. En concreto, el artículo 801, dentro del Capítulo IV, regula la conformidad con la acusación, siendo distintos los supuestos del artículo 801.1, que requiere, entre otros requisitos, que no se haya constituido acusación particular, y el artículo 801.5 que prevé el caso en que sí se hubiere constituido acusación particular en la causa, siendo este supuesto al que se refiere la pregunta, no haciéndose referencia alguna en el articulado al Juzgado de lo Penal, y sí por el contrario, el artículo siguiente, en cuanto se remite a los artículos 786 a 788 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El hecho de que pueda constituirse acusación particular en el Juzgado de Guardia para el enjuiciamiento rápido es perfectamente admisible, y así se desprende, a título de ejemplo, en el artículo 800.1 (cuando se refiere a las partes personadas), en el 800.4, o en el 801.1, que expresamente la mencionan.

 

Relaciones nominativas de aspirantes

Por Acuerdo del Tribunal próximamente se harán públicas las relaciones nominativas de aspirantes, por ámbito territorial y turnos, que han superado el primer ejercicio en la fase de oposición, de conformidad con lo establecido en la base 7.3 de la Orden de Convocatoria, y se convocará a los aspirantes incluidos en las mismas a la celebración del segundo ejercicio que tendrá lugar, previsiblemente, en la primera quincena del mes de mayo, en los lugares y horas que se establezcan.

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