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Oposiciones
Listas Contratación
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y Listas de Contratación
El DOG núm. 199, de 15 de octubre de 2021, publica la Resolución de 6 de octubre de 2021 del tribunal designado para calificar el proceso selectivo para el ingreso en la agrupación profesional de personal funcionario subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo AP, por la que se publican los aprobados provisionales del primer ejercicio.
En la Resolución figuran los siguientes acuerdos del tribunal:
Anulación de preguntas y desestimación de reclamaciones
Revisadas las reclamaciones presentadas contra lo primer ejercicio de este proceso selectivo al amparo del previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, en sesiones que tuvieron lugar los días 20, 21, 24 de septiembre y 1 de octubre de 2021 acordó:
Calificación del primer ejercicio
De conformidad con el dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de quince (15) puntos. Le corresponderá al tribunal determinar el nivel exigido para conseguir esta puntuación mínima. Para estos efectos, los criterios de corrección, valoración y superación acordados por este tribunal el 24 de junio de 2021 y publicados en el portal web de la Xunta de Galica, funcionpublica.xunta.gal, establecían que superarán el primer ejercicio las personas aspirantes que consigan las mejores puntuaciones hasta completar un máximo de mil (1.000), siempre que habían obtenido un mínimo de treinta (30) respuestas correctas (una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas, que descontarán cada una de ellas un cuarto de una pregunta correcta). Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se consideran igualmente aprobadas, aunque se superara el número de aspirantes antes indicado (1.000). Se asignará la valoración de quince (15) puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los quince (15) y los treinta (30) puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.
1.034 aprobados
Una vez hecha la corrección de los exámenes en sesiones del 4, 5 y 6 de octubre de 2021 de acuerdo con los criterios anteriores, consiguieron la puntuación mínima de 15 puntos un total de 1.034 aspirantes, fijándose en 41,25 el número de respuestas correctas para conseguir la dicha puntuación, una vez hechas las deducciones según lo establecido en la base II.1.1.1 de la convocatoria, se acordó publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primero ejercicio.
Alegaciones
De acuerdo con el dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde lo siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, es decir, del 18 al 29 de octubre de 2021.
Presentación del Celga 2
De conformidad con el dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde lo siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, es decir, del 18 al 29 de octubre de 2021, para presentar la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 2 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia.
Recurso de alzada
De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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