Personal Funcionario – Promoción Interna
Organismo convocante: Ayuntamiento de A Coruña
OEP 2022: BOP núm. 95, de 20 de mayo de 2022
OEP 2023: BOP núm. 72, de 17 de abril de 2023
OEP 2024: BOP núm. 71, de 11 de abril de 2024
OEP 2025: BOP núm. 81, de 30 de abril de 2025
Bases generales: BOP núm. 73, de 18 de abril de 2023
Bases específicas: BOP núm. 132, de 14 de julio de 2025
Convocatoria: Resolución de 4 de marzo de 2026, BOE núm. 65 de 14 de marzo de 2026
Sistema selectivo: Concurso-oposición
Titulación: Poseer o estar en condiciones de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Pertenecer cómo personal funcionario de carrera a las agrupaciones profesionales del Ayuntamiento de A Coruña.
Haber prestado servicios efectivos en la condición de personal funcionario de carrera en las agrupaciones profesionales durante por lo menos 2 años.
Inicio del grupo: 28/04/2025
Horario: 3 lunes de 17:00 a 19:00 horas
Inicio del grupo: 23/09/2024
Horario: 3 Lunes de 19:00 a 21:00horas
OEP 2022: BOP núm. 95, de 20 de mayo de 2022
OEP 2023: BOP núm. 72, de 17 de abril de 2023
OEP 2024: BOP núm. 71, de 11 de abril de 2024
OEP 2025: BOP núm. 81, de 30 de abril de 2025
BASES GENERALES: BOP núm. 73, de 18 de abril de 2023
BASES ESPECÍFICAS: BOP núm. 132, de 14 de julio de 2025
CONVOCATORIA: Resolución de 4 de marzo de 2026, BOE núm. 65 de 14 de marzo de 2026
Poseer o estar en condiciones de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
REQUISITOS ESPECÍFICOS: Pertenecer cómo personal funcionario de carrera a las agrupaciones profesionales del Ayuntamiento de A Coruña.
Haber prestado servicios efectivos en la condición de personal funcionario de carrera en las agrupaciones profesionales durante por lo menos 2 años.
PROCESO SELECTIVO
Fase de oposición: máximo 60 puntos
En los procesos de promoción interna las personas aspirantes que superen la fase de oposición con una nota igual o superior al 50% de la calificación máxima de esta y no obtengan plaza, se les conservará la puntuación obtenida durante un período de 7 años en las dos convocatorias siguientes de promoción interna, siempre que sea análoga en su contenido y en la forma de calificación.
1º Ejercicio
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los 3 meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP.
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 120 minutos
Consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario tipo test de 70 preguntas, más 7 de reserva, con cuatro respuestas alternativas en relación con el temario que figura en la convocatoria.
El ejercicio será calificado de 0 a 60 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 30 puntos para superarlo.
Las respuestas correctas puntuarán un punto, las respuestas incorrectas y las preguntas dejadas en blanco no descontarán puntuación.
2º Ejercicio*
(Obligatorio y eliminatorio)
Tiempo: Máximo 60 minutos
Consistirá en la realización de una prueba de conocimiento de la lengua gallega.
El ejercicio consistirá en la traducción directa o inversa de uno o varios textos, en castellano o gallego. Los textos serán elegidos por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba.
Este ejercicio será calificado cómo apto o no apto, le corresponde al Tribunal la fijación del nivel de conocimiento exigido para superar esta prueba.
*Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten dentro del plazo de presentación de solicitudes el Celga 3 o título equivalente debidamente homologado o que ya habían acreditado el conocimiento de esta lengua en el nivel correspondiente en el proceso selectivo superado para acceder a la condición de personal funcionario de carrera.
Fase de concurso: máximo 40 puntos
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni podrá ser tenida en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición y consistirá en la evaluación por parte del Tribunal de los méritos alegados por las personas aspirantes en sus solicitudes.
Los méritos deberán ser presentados y acreditados con la solicitud de participación en el proceso selectivo, en ningún caso se valorarán méritos no presentados en la solicitud.
Los méritos deberán ser acreditados como señalan estas bases en el plazo de presentación de solicitudes y se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.
No será necesario presentar la documentación acreditativa de los méritos cuando esta figure en los expedientes del servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de A Coruña.
Baremo de méritos:
La puntuación máxima en este apartado será de 15 puntos.
En este apartado se establecerá a favor de los candidatos y candidatas, hombres y mujeres, por estar utilizando o haber utilizado, en los últimos 5 años anteriores a la publicación de la convocatoria específica en el BOP derechos de conciliación familiar, un máximo de 0,5 puntos, en los siguientes términos:
La puntuación máxima en este apartado será de 15 puntos.
No serán valorados los cursos de informática realizados con anterioridad al año 2000.
En caso de que si presenten varios diplomas/títulos con idéntica denominación se puntuará el curso de mayor duración, en caso de que la duración sea la misma, se valorará el curso que se realizara en la fecha más próxima a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
No será necesario presentar la documentación acreditativa de la formación cuando esta figure en los expedientes del servicio de Recursos Humanos de este Ayuntamiento.
Baremo:
La puntuación máxima en este apartado será de 15 puntos.
En el caso de acreditar las dos titulaciones, sólo se valorará el nivel más alto de formación.
La puntuación máxima en este apartado será de 5 puntos.
La puntuación máxima en este apartado será de 5 puntos.
TEMARIO: 15 temas
Cualquier referencia normativa del temario se entenderá referida a las disposiciones legales vigentes en la fecha de publicación en el BOP del listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas.
Las normas de derecho positivo relacionadas en el temario de las convocatorias que fueran derogadas parcial o totalmente serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total, con fecha límite de la fecha de publicación en el BOP de los listados definitivos de personas aspirantes admitidas y excluidas.
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