El BOE núm. 91, de 14 de abril de 2026, publica la Resolución de 30 de marzo de 2026 de la Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que se aprueba la relación complementaria de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
Este proceso selectivo fue convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2024, y su primera relación de personas aspirantes aprobadas fue publicada el pasado 17 de febrero de 2026.
Motivo de la publicación de la relación complementaria
La publicación de esta relación complementaria responde a lo establecido en el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que permite incorporar nuevas personas aspirantes aprobadas en caso de que se produzcan renuncias entre quienes inicialmente obtuvieron plaza.
En este caso, una vez finalizado el plazo de presentación de documentación, seis personas aspirantes han decaído en su derecho a ser nombradas personal funcionario de carrera, lo que ha motivado la incorporación de nuevas personas aspirantes que habían superado el proceso selectivo sin obtener plaza en la primera resolución.
Relación complementaria de personas aspirantes aprobadas
La resolución hace pública, como anexo I, la relación complementaria de personas aspirantes aprobadas, ordenadas según la puntuación obtenida en el ejercicio único de la oposición.
Asimismo, se establecen las siguientes obligaciones para las personas incluidas en dicha relación:
Plazo y forma de presentación de documentación
Con el objetivo de agilizar el proceso, se establece un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE, es decir, del 15 al 28 de abril, para la presentación de la citada declaración responsable.
Enlace a la Declaración jurada editable
La presentación deberá realizarse exclusivamente por vía electrónica a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), accesible desde la sede electrónica correspondiente. Para ello, será necesario disponer de certificado electrónico válido o DNI electrónico.
Las personas aspirantes que no presenten la documentación en el plazo establecido, o que no cumplan los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, quedando sin efecto sus actuaciones en el proceso selectivo.
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