19/05/22
De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección, en los ejercicios de la fase de oposición, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección, teniendo en cuenta lo siguiente:
Para el cálculo de las calificaciones (puntuaciones transformadas) se aplicará la siguiente fórmula:
El cálculo de la calificación (puntuación transformada) se establece en base a una puntuación directa mínima (nota de corte) necesaria para superar el ejercicio o parte del ejercicio, determinada por la Comisión Permanente de Selección.
La puntuación directa para un ejercicio o para una parte del ejercicio oscilará entre 0 y N puntos. La Comisión Permanente de Selección establece que la puntuación directa mínima (nota de corte) para superar el ejercicio o parte del ejercicio es M. Así mismo, la calificación (puntuación trasformada) se expresará en la escala de 0 a E, de modo que, en esta escala, E/2 se considerará la calificación (puntuación trasformada) mínima para superar el ejercicio o parte del ejercicio.
En el caso de que la puntuación directa del opositor sea inferior a la puntuación directa mínima (nota de corte) para superar el ejercicio o parte del ejercicio, se aplicará el primer tramo de la fórmula.
En el caso de que la puntuación directa del opositor sea igual o superior a la puntuación directa mínima (nota de corte) para superar el ejercicio o parte del ejercicio, se aplicará el segundo tramo de la fórmula.
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