In.fórmate recuerda a las Administraciones locales que deben cumplir la ley y convocar las plazas de Auxiliar y Administrativo de las ofertas ordinarias por oposición libre

Legalidad en las convocatorias

23/03/23

 

El 4 de abril de 2023 se celebrará el primer ejercicio del proceso selectivo para cubrir 3 plazas de Auxiliar Administrativo del Concello de Fene, por oposición libre. Inicialmente, esta oposición se convocó como concurso-oposición, a pesar de tratarse de plazas de carácter ordinario. Esto llevó al director de In.fórmate, Antonio Estévez, a recurrir las bases ateniéndose a Derecho y basándose, entre otros, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de Bases de Régimen Local y en el Real Decreto Legislativo 896/1991, de 7 de junio, por el que se determinan las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

El recurso terminó en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que dio la razón a Estévez, acordando la retroacción del proceso selectivo al momento anterior a la aprobación de las bases específicas por la Junta de Gobierno Local, lo que supuso que el Concello de Fene tuviese que aprobar unas nuevas bases mediante el sistema selectivo de oposición y no de concurso-oposición.

Entre otras cuestiones, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia manifiestó en su sentencia que el desempeño del trabajo de Auxiliar Administrativo, perteneciente a la Administración general, no implica ninguna dificultad técnica, por lo que dichas plazas deben cubrirse por el sistema de oposición libre, que es el ordinario y tradicional para estas plazas, máxime cuando se trata de tasa de reposición.

No obstante, desde la publicación de la sentencia del alto tribunal gallego, en mayo de 2022, algunos ayuntamientos continúan publicando convocatorias de empleo público que vulneran la legislación vigente. Es el caso de Touro, Noia, Monterrei, Rois o Chandrexa de Queixa, que publicaron en los últimos meses bases de procesos selectivos de Auxiliar o Administrativo de sus ofertas ordinarias por concurso-oposición.

Por este motivo, desde In.fórmate nos gustaría recordar que es obligación de toda Administración cumplir con la legalidad y los principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia y seguridad Jurídica que deben de presidir todo procedimiento de concurrencia competitiva que celebre una Administración Pública.

Enlace a la sentencia del TSXG

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